(89) Cómo funciona la Inversión del Sujeto Pasivo en el IVA


Uno de los temas que más dudas y preguntas genera cuando hablamos de impuestos, concretamente del IVA es la inversión del sujeto pasivo (ISP). La inversión del sujeto pasivo es un mecanismo muy importante en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en España, que rompe con la regla general de liquidación del impuesto.

Normalmente, el sujeto pasivo del IVA es el que vende un bien o presta un servicio (el proveedor o vendedor). Esta persona repercute el IVA en su factura al cliente, lo cobra y luego lo ingresa a Hacienda. Es el eslabón entre el consumidor final y la Agencia Tributaria.

Sin embargo, con la inversión del sujeto pasivo, esta responsabilidad se «invierte»: el sujeto pasivo pasa a ser el destinatario de la operación (el comprador o cliente), en lugar del proveedor. Esto no significa que el IVA desaparezca, sino que la obligación de liquidarlo (tanto la parte de «IVA repercutido» como la de «IVA soportado») recae en el cliente.

¿Cómo funciona la Inversión del Sujeto Pasivo?

Cuando se aplica la inversión del sujeto pasivo, el proceso es el siguiente:

  1. El proveedor (vendedor) emite la factura sin IVA. En lugar de aplicar el tipo impositivo del IVA (21%, 10% o 4%), la factura solo incluirá la base imponible.
  2. La factura debe incluir una mención expresa a la inversión del sujeto pasivo y a la normativa que la regula. La frase más común es: «Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84. Uno. 2º de la Ley 37/1992».
  3. El cliente (destinatario) recibe la factura sin IVA.
  4. El cliente «autorrepercute» y «autosoporta» el IVA. Esto significa que, en su declaración de IVA (Modelo 303 trimestral), el cliente debe registrar el IVA de esa operación tanto como IVA devengado (como si lo hubiera repercutido) como IVA soportado deducible (como si lo hubiera soportado).
    • Efecto: Si el cliente tiene derecho a deducirse el 100% del IVA de esa operación (porque está relacionada con su actividad económica), el efecto económico suele ser neutro. La cantidad de IVA devengado y la de IVA soportado se compensan en la misma declaración, sin que haya un desembolso adicional neto para el cliente en ese momento.
    • Obligación de declarar: A pesar de la neutralidad económica, la operación debe reflejarse correctamente en la declaración de IVA (Modelo 303 y el resumen anual Modelo 390) para cumplir con las obligaciones formales y que Hacienda tenga constancia de la operación.

¿Por qué existe la Inversión del Sujeto Pasivo?

La razón principal para la existencia de la inversión del sujeto pasivo es prevenir el fraude fiscal, especialmente el conocido como «fraude carrusel». En sectores donde es fácil que una empresa «desaparezca» después de cobrar el IVA y antes de ingresarlo a Hacienda, esta medida asegura que la Agencia Tributaria siempre reciba el impuesto, ya que la obligación recae en el cliente, que suele ser una empresa con una trayectoria más estable.

¿En qué operaciones se aplica la Inversión del Sujeto Pasivo en España?

La Ley del IVA (Ley 37/1992) establece taxativamente los supuestos en los que opera la inversión del sujeto pasivo. No se puede aplicar a cualquier operación. Los casos más comunes son:


1. Entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto.

  • Ejemplo: Una empresa española contrata un servicio de consultoría a una empresa francesa que no tiene un establecimiento permanente en España. La empresa francesa factura sin IVA, y la empresa española es quien debe autorrepercutirse y autosoportarse el IVA español.

2. Determinadas entregas de bienes «sensibles» o con riesgo de fraude.

Esta categoría incluye:

  • Oro sin elaborar o productos semielaborados de oro de ley igual o superior a 325 milésimas.
  • Desechos, desperdicios, residuos industriales (chatarra, papel usado, etc.).
  • Determinadas entregas de plata, platino y paladio en bruto, en polvo o semilabrado.
  • Entregas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales cuando el destinatario sea un empresario o profesional revendedor de estos bienes, o cuando, aun no siendo revendedor, el importe total de la base imponible de los bienes entregados exceda de 10.000 euros.
    • Ejemplo: Una tienda de electrónica (revendedora) compra un lote de smartphones a un distribuidor en España. El distribuidor emite la factura sin IVA, y la tienda debe autorrepercutir y autosoportar ese IVA.

3. Ejecuciones de obra y rehabilitaciones de edificaciones.

Esto se aplica a:

  • Ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, que sean consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
    • Importante: Solo se aplica si el destinatario es un empresario o profesional que, a su vez, es el promotor o el contratista principal. Si el promotor es un particular (no empresario o profesional), no se aplica la inversión.
    • Ejemplo: Una constructora (contratista) realiza la obra de un nuevo edificio para una promotora inmobiliaria (promotor). La constructora factura a la promotora sin IVA, y la promotora es quien debe liquidar el IVA.

4. Entregas de bienes inmuebles en casos específicos.

  • Renuncia a la exención del IVA: En ciertas entregas de terrenos rústicos no edificables o segundas y ulteriores entregas de edificaciones (que, por regla general, están exentas de IVA), el vendedor puede renunciar a la exención si el comprador es un sujeto pasivo con derecho a la deducción total o parcial del IVA. En este caso, la operación pasa a estar sujeta y el sujeto pasivo es el comprador.
  • Ejecución de garantía: Entregas de bienes inmuebles efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los mismos, por ejemplo, en daciones en pago para saldar deudas.

5. Entregas efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.

Cuando una empresa en concurso de acreedores realiza la entrega de bienes para liquidar deudas, se puede aplicar la inversión del sujeto pasivo.

Implicaciones para el contribuyente

Para las empresas y profesionales, entender la inversión del sujeto pasivo es crucial para:

  • Emitir facturas correctamente: Si eres proveedor y tu operación está sujeta a ISP, debes emitir la factura sin IVA e incluir la mención obligatoria. Facturar con IVA erróneamente en estos casos puede generar problemas con Hacienda.
  • Recibir facturas correctamente: Si eres cliente y recibes una factura con ISP, debes saber que eres el responsable de autoliquidar el IVA en tu Modelo 303. No hacerlo o hacerlo mal puede derivar en sanciones.
  • Control de tesorería: Aunque el efecto sea neutro para el IVA deducible, es importante contabilizarlo y declararlo.

En definitiva, la inversión del sujeto pasivo es una excepción relevante a la regla general del IVA que busca simplificar la recaudación y combatir el fraude en sectores específicos o en operaciones transfronterizas. Como en cualquier cuestión fiscal, ante la duda, lo más recomendable es consultar a un experto para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones.

Publicado por José Luis

un financiero, con alma de comercial; un comercial, con formación financiera

Deja un comentario